- MF0696_3 Proyecto de productos gráficos
- MF0697_3 Edición creativa de imágenes y diseño de elementos gráficos
- MF0698_3 Arquitectura tipográfica y maquetación
- MF0699 Preparación de artes finales
- MP0353: Módulo de prácticas profesionales no laborales
- Módulos transversales y tutorías
Ubicación:
Modalidad:
Prioritario:
Temática:
Fecha de inicio
Horas totales de impartición
Horas de prácticas
Descripción del curso
Este certificado capacita para desarrollar proyectos de diseño gráfico desde la idea inicial hasta el arte final, utilizando herramientas informáticas, aplicando criterios de composición y gestión del color, y verificando la calidad del producto. A lo largo del curso se adquieren habilidades para trabajar con imágenes, tipografías, maquetación y formatos tanto impresos como digitales.
- Desarrollo de proyectos gráficos y elaboración de bocetos
- Edición de imágenes y creación de elementos visuales
- Composición tipográfica y maquetación editorial
Temario
- Estar inscrito/a como demandante de empleo.
- Cumplir con alguno de los siguientes requisitos
- Disponer de Título de Bachiller.
- Haber realizado previamente un Certificado de profesionalidad de nivel 3.
- Haber realizado previamente un Certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional.
- Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado superior o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
- Tener las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV del real decreto 34/2008, para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de profesionalidad.
La Xunta de Galicia pone a disposición de los alumnos trabajadores desempleados el acceso a becas con el objetivo de que puedan acudir a las formaciones propuestas. Los beneficiarios deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Personas trabajadoras desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia y con situación laboral como no ocupada, en la fecha de matriculación.
- Personas trabajadoras ocupadas, que pasen a ser desempleadas durante la formación. En este caso, solo tendrán derecho a percibir las ayudas que les puedan corresponder desde el primer día del mes siguiente a aquel en que adquieran la condición de persona desempleada.
La persona beneficiaria debe comprometerse a mantener los requisitos que le permiten el acceso a la subvención durante todo el período de tiempo inherente al reconocimiento de tal derecho, de tal manera que si dejara de cumplirlos, estará obligada a comunicarlo por escrito al órgano competente para resolver, en el plazo de cinco días hábiles desde que se produzca tal circunstancia.
Descubre toda la información en el siguiente enlace: Sede.Xunta
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