Confección y publicación de páginas web

IFCD0110

Ubicación:

Modalidad:

Prioritario:

Temática:

Fecha de inicio

Septiembre
}

Horas totales de impartición

560

Horas de prácticas

80

Descripción del curso

Este certificado capacita para crear y publicar páginas web desde su estructura básica hasta su integración final en el servidor, utilizando lenguajes de marcas, hojas de estilo y componentes interactivos. A lo largo del curso se adquieren competencias para diseñar interfaces funcionales, integrar elementos multimedia y garantizar la usabilidad y accesibilidad de los sitios web.

  • Diseño y desarrollo de páginas web con lenguajes de marcas
  • Edición de estilos, plantillas y formularios interactivos
  • Integración de scripts y componentes dinámicos

Temario

  • MF0950_2: Construcción de páginas web
  • MF0951_2: Integración de componentes software en páginas web
  • MF0952_2: Publicación de páginas web
  • MP0353: Módulo de prácticas profesionales no laborales
  • Módulos transversales y tutorías
  • Estar inscrito/a como demandante de empleo.
  • Cumplir con alguno de los siguientes requisitos
    • Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
    • Certificado de profesionalidad de nivel 2.
    • Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
    • Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio o bien superar las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
    • Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
    • Tener superado las competencias clave.

La Xunta de Galicia pone a disposición de los alumnos trabajadores desempleados el acceso a becas con el objetivo de que puedan acudir a las formaciones propuestas. Los beneficiarios deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Personas trabajadoras desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia y con situación laboral como no ocupada, en la fecha de matriculación.
  • Personas trabajadoras ocupadas, que pasen a ser desempleadas durante la formación. En este caso, solo tendrán derecho a percibir las ayudas que les puedan corresponder desde el primer día del mes siguiente a aquel en que adquieran la condición de persona desempleada.

La persona beneficiaria debe comprometerse a mantener los requisitos que le permiten el acceso a la subvención durante todo el período de tiempo inherente al reconocimiento de tal derecho, de tal manera que si dejara de cumplirlos, estará obligada a comunicarlo por escrito al órgano competente para resolver, en el plazo de cinco días hábiles desde que se produzca tal circunstancia.

Descubre toda la información en el siguiente enlace: Sede.Xunta

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Mantenedor de páginas web

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